Sancionada Ley 2213 de 2022, que establece la vigencia permanente del Decreto 806 de 2020 y se adoptan medidas para implementar las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia y se dictan otras disposiciones.

Principales aportes de la Ley 2213 de 2022:

  1. Se podrán utilizar las tecnologías de la información y de las comunicaciones, cuando se disponga de los mismos de manera idónea, en la gestión y trámite de los procesos judiciales y asuntos en curso, con el fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia.
  2. PODERES: Los poderes especiales para cualquier actuación judicial se podrán conferir mediante mensaje de datos, sin firma manuscrita o digital, con la sola antefirma, se presumirán auténticos y no requerirán de ninguna presentación personal o reconocimiento.
  3. AUDIENCIAS. Las audiencias deberán realizarse utilizando los medios tecnológicos a disposición de las autoridades judiciales o por cualquier otro medio puesto a disposición por una o por ambas partes y en ellas deberá facilitarse y permitirse la presencia de todos los sujetos procesales, ya sea de manera virtual o telefónica. No se requerirá la autorización de que trata el parágrafo 20. del artículo 107 del Código General del Proceso.
  4. NOTIFICACIONES PERSONALES. las notificaciones que deban hacerse personalmente también podrán efectuarse con el envío de la providencia respectiva como mensaje de datos a la dirección electrónica o sitio que suministre el interesado en que se realice la notificación, sin necesidad del envío de previa citación o aviso físico o virtual. los anexos que deban entregarse para un traslado se enviarán por el mismo medio.

Algunos aspectos a tener en cuenta:

a. Se establece la virtualidad como regla general.

b. Las sentencias de segunda instancia se deben proferir por escrito.

c. No desaparece el expediente físico.

d. El principio de inmediación de la prueba no es lo mismo que la presencialidad.

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Sobre la permanencia del Decreto 806 de 2020 ver: https://www.camara.gov.co/justicia-virtual-permanencia-del-decreto-legislativo-806-de-2020

Ley 2213 de 2022 en: https://www.ramajudicial.gov.co/web/10228/-/sancionada-ley-2213-de-2022-que-establece-la-vigencia-permanente-del-decreto-806-2020-que-establece-uso-de-tic-en-actuaciones-judiciales-agiliza-proce

Ley 2213 de 2022
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y procesos judiciales

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